La ley de protección al consumidor es muy clara al momento de regular esta materia: consagra un conjunto de derechos a los consumidores e impone obligaciones a las empresas para la realización de sus cobranzas extra judiciales.
En este sentido, las empresas de cobranzas deben procurar no realizar actos de hostigamiento que puedan afectar la privacidad de los consumidores. En concordancia con lo anterior, estas empresas sólo pueden realizar llamadas de lunes a sábado entre las 08.00 a 20.00 horas y no están facultadas para dejar recados con familiares o compañeros de trabajo. Si esto ocurre usted puede interponer acciones legales en contra de ellas
Frente a la transgresión de los derechos consagrados para todo consumidor, la ley establece un procedimiento ante los juzgados de policía local, por medio del cual se busca declarar la vulneración de dichos derechos, establecer las responsabilidades correlativas y las indemnizaciones correspondientes.
El ordenamiento jurídico consagra otras acciones tendientes a ordenar el cese en la vulneración de los derechos la Ley y la Constitución consagran a toda persona, como el Recurso de Protección.